martes, 7 de febrero de 2017

Desahucios, Familia e Infancia



Febrero. 2017. Autora: Silvia Velasco Navarro. Mediadora antidesahucios.

El pasado mes de Noviembre  (2016) se publicó el estudio enfocado con una perspectiva cualitativa “Te quedarás en la oscuridad, Desahucios, Familias e Infancia desde un enfoque de Derechos redactado por Enclave, la PAH de Madrid y Quiteria. Muestra a través de los ojos de los menores y sus familias la percepción y sentimientos que les ha producido no solo la pérdida de la vivienda sino el proceso largo, bien sea de una vivienda pública o privada o un alquiler y ver el impacto en sus vidas.

Y este es el primer trabajo en profundidad  que enfoca hacia los niños y niñas sus visiones del conflicto, y es que en 2013 el Comisario europeo de derechos humanos ya alertó sobre la vulnerabilidad de los menores en los procesos de desahucio señalando “los altos niveles de estrés y sus repercusiones en las vidas cotidianas, conduciendo a la exclusión social de las personas afectadas, incluidos los niños
También indicaba el Comisario que había padres y madres que no acudían a Servicios Sociales a pedir ayuda por miedo a que interviniesen y les quitaran la custodia de sus menores.

El código civil indica en su art.  172, que dependiendo de la gravedad de la situación puede ser una situación de riesgo o desamparo, siendo ésta última motivo para la suspensión temporal o indefinida de la patria potestad. La cuestión de la pobreza o la falta de recursos materiales podrían ser suficientes para revocarles la tutela a los padres, podría ser una cuestión encima de la mesa de muchos despachos de atención familiar (ETF o UTS de cualquier ciudad en Departamentos de Servicios Sociales Comunitarios). En los juicios de desahucio no interviene el Ministerio Fiscal, a pesar de estar en riesgo en interés del menor.

Otra investigación que debe señalarse es la realizada recientemente por Cruz Roja
sobre la situación de la infancia desde la perspectiva de los niños en situación de vulnerabilidad social; en su breve apartado sobre vivienda, que lleva por título “Estabilidad residencial” (sic) indica que: “el 17% de chicos y chicas ha perdido la casa recientemente y se ha tenido que mudar” pero no entra en mayores detalles ni explica las causas de esa pérdida de la vivienda, como indica el estudio mencionado.

Quienes lo conocen de cerca no albergan dudas de que un desahucio, como pérdida abrupta del hogar, desestructura la vida cotidiana de las dinámicas de una familia y, en la mayor parte de las ocasiones, las deja en la calle al no disponer de alternativa habitacional. Cabe esperar entonces que el desarrollo de las niñas, niños y adolescentes se vea alterado por esta vivencia traumática, no sólo por la alteración al interior de la familia, sino también en la escuela, en su barrio y en el entorno comunitario, señala el estudio.

En las conclusiones finales del trabajo se recomienda:

1) Seguir  profundizando en las vivencias de los menores que sufren los desahucios y la pobreza infantil derivado de este conflicto

2)  Se constata en el informe la permanente violación de derechos de los niños y niñas, pues se vulneran los derechos de éstos (que en los tratados que tiene firmado España debería proteger), haciendo de la normativa un “papel mojado”.

3) Existe una desconexión abrumadora entre el reconocimiento de derechos en tratados internacionales y la Constitución (artículo 39.4) y la práctica judicial diaria, que los desconoce e incluso llega a impedir su sola alegación como motivo de oposición al desahucio y deberían tenerse más en cuenta las circunstancias socio-familiares de las personas afectadas por un desahucio como elemento de valoración judicial obligatorio en todos los procedimientos.

4)  Existe una invisibilización real de los niños, niñas y adolescentes como víctimas directas de los desahucios. Esta invisibilización se traslada a los ámbitos legislativo, administrativo y judicial, donde la práctica diaria carece de mención sobre sus efectos sobre la infancia. Por el mismo motivo, no existen estadísticas ni estudios desde las instituciones al respecto. (se deberían incorporar mecanismos de empoderamiento legal a menores en dichas situaciones).

5)  La inclusión de la perspectiva de género, pues en el estudio que se indica aquí, se ha constatado un evidente liderazgo de la mujer a la hora de dar el paso para acudir a la PAH o pedir ayuda a instituciones públicas/privadas (servicios sociales, ONG,s) como por su compromiso por el trabajo colectivo.

  
 
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