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domingo, 2 de diciembre de 2012

Ventajas e Inconvenientes de la cesión gratuita de viviendas.





Autora: Silvia Velasco Navarro. Experta en Mediación Residencial.

En las últimas semanas algunos diarios han dado a conocer el espíritu solidario de ciudadanos anónimos que han reaccionado con solidaridad residencial a la necesidad urgente de miles de familias sin techo en comunidades como País Vasco, Asturias y Valencia.

 No es solo una alternativa al alquiler o a la compra de vivienda. Lo que hasta ahora era una costumbre arraigada entre familiares, la Cesión Gratuita siempre existirá como formula de tenencia de vivienda. Es más el INE lo incluye en sus datos estadísticos que suele publicar con asiduidad y aunque representa un pequeño porcentaje,  aproximadamente un 6,2% (datos del 2010) el  verdadero valor de su existencia está en la creencia de apoyar a los seres queridos cuando sus demandas  de vivienda lo requieren. Es una respuesta social a un problema social “de toda la vida”.

Lo que la hace especialmente relevante es hacerlo de manera altruista a personas desconocidas, atendiendo a una emergencia social que toca a todos los resortes de la sociedad y mas especialmente a los más vulnerables.

La Cesión gratuita de viviendas se rige por un contrato de cesión en precario, también se puede hacer verbal (entre familiares es muy habitual) pero dejar por escrito un pacto, es mas preventivo de cara a futuro.El propietario se convierte en cedente y el que recibe la cesión es el “cesionario precarista”. No existen normas o pactos previos  en la ley, todo ello rige en la confidencialidad y los acuerdos a los que lleguen ambas partes. Los gastos de agua, luz, gas, teléfono o comunidad suelen correr por cuenta del cesionario, pues forma parte del uso y mantenimiento, no hay pago de contraprestación económica (renta) y al no haber plazos el único requisito para recuperar la propiedad es que el propietario o cedente lo haga saber fehacientemente al cesionario. Entonces deberá devolverla en el estado en el que se la encontró (mobiliario, enseres..)

Para este tipo de cesiones gratuitas, las asociaciones de consumidores suelen subir modelos de contrato para facilitar la formalización de este tipo de actos civiles. Como es el caso de la OCU.

De la Cesión de los ciudadanos  a la cesión gratuita de entidades sociales públicas y privadas.

Los colectivos también están respondiendo a este fenómeno social con diversas cesiones a ayuntamientos, organizaciones como Caritas u otras entidades para hacer llegar viviendas en Stock nuevas o usadas que se encuentran cerradas a disposición de familias desahuciadas ante el panorama legislativo  del fondo de alquiler social. En estos últimos casos, los cedentes pueden hacerlo de forma gratuita y son las administraciones o entidades que colaboren los que cobren unas cantidades simbólicas  para cubrir gastos mínimos de mantenimiento y gestión de las mismas.

Problemas de esta formula.

 El altruismo no debe estar reñido con la formalidad. Como la vivienda se ha cedido en “precario”, es decir que el periodo de cesión no está predeterminado desde el principio, el propietario puede necesitar recuperar la propiedad en cualquier momento. Se debe preavisar a los cesionarios y éste deberá reintegrarla en un plazo no superior a 30 días.

Si no existe acuerdo,  y el cesionario no quiere abandonar la vivienda, ambas partes pueden resolverlo de dos modos: Por la vía judicial, a través del llamado “Juicio de Desahucio por precario” en las que se abre un procedimiento para instar a alegar los motivos por los cuales los cesionarios no devuelven la posesión de la vivienda. Estos procedimientos son más largos que los habituales de arrendamiento. Además sus efectos en las relaciones de los afectados son mucho más impactantes.

También puede ocurrir que cuando concurren algunas circunstancias especiales, el juez puede entender en lugar de un precario que exista el denominado “comodato”, formula que el código civil utiliza en un tipo de préstamos gratuitos. El resultado final puede complicarse en todos los sentidos.

La Mediación una alternativa más eficiente:

La recomendación ante un conflicto de esta naturaleza es acudir a profesionales expertos en Mediación civil y Residencial, pues al asumir previamente acuerdos privados dentro de ámbitos familiares , las soluciones de cómo solventar el fin de la cesión puede gestionarse con menor dificultad por esta vía . Los costos disminuyen considerablemente, y no tendrán que romperse los lazos personales que inicialmente concurrieron entre los particulares y/o familiares.

El Ministro de Justicia  recientemente en una de sus apariciones públicas ha emplazado a la sociedad a utilizar nuevas formulas de Mediación Voluntaria para los conflictos civiles y mercantiles defendiendo que esta vía “liberará a los jueces de una carga sustancial que tienen ahora mismo”

La tradición española de judicial izar cualquier conflicto deberá ser sustituida por la utilización de la Mediación y concretamente, especifica el Ministro que en los enfrentamientos por el alquiler de viviendas o locales comerciales es más valida. Nos hacemos eco de esta necesidad y nos sumamos a este tipo de iniciativas para difundir las ventajas de la mediación en la sociedad.

Más info:
http://www.abc.es/espana/20121127/abci-ministro-justicia-juzgados-201211271513.html
http://www.ocu.org/dinero/nc/modelos/cesion-gratuita-de-una-vivienda530874



viernes, 1 de junio de 2012

Cambio Global. El reto es la vivienda



Hoy Viernes 1 de Junio se ha emitido a traves del Canal Uned de la RTV2 por la mañana la ultima entrega de la serie Cambio Global  5: El reto es la vivienda, centrada en el sector de la edificación español, en la vivienda y en los drásticos cambios que han tenido lugar en España a partir del estallido de la burbuja inmobiliaria y de la crisis económica  mundial.

Conscientes de que ya no se volverán a recuperar los niveles de actividad económicas (PIB) alcanzados en la década pasada, el Informe Cambio Global España 2020-2050, plantea una reconversión del sector, volcado, casi estrictamente hacia la rehabilitación de viviendas.

En el reportaje se desgrana lo que ha sido el gran drama edificatorio español y su crecimiento desmesurado fuera de lógica y ha producido una rotura de confianza de los ciudadanos hacia lo que siempre se ha considerado como "·valor seguro", la vivienda. El gran numero de viviendas vacías, el paquete de viviendas de los promotores y el numero de edificaciones sin acabar ponen en entredicho el actual sistema de la edificación. Los expertos que han participado en el informe Cambio Global España 2020-2050 han pretendido promover una actitud de cambio frente al conflicto de la vivienda con acciones de reformulación desde nuevos parámetros, teniendo en nuestras manos una gran  oportunidad para transformar lo actual en nuevo modelo de negocio.

Cerca de la mitad de las edificaciones españolas (sobre unos 25 millones de viviendas construidas) fueron construidas antes de los años 80. Por tanto cabe la posibilidad de la rehabilitación y corregir los desequilibrios y disfunciones cometidos en el pasado. Hay que aprender a producir una arquitectura corregida y sostenible.

Los ayuntamientos españoles en su desenfreno por la construcción propiciaron un crecimiento hacia unas ciudades difusas y una expansión desenfrenada de la huella urbana sin olvidar el exceso del consumo exagerado de materiales y suelo.

Estos expertos mencionados auguran de que deben tenerse en cuenta parámetros en juego sin dejar de lado el cambio climático y el retorno de residuos. El nuevo modelo deberá responder  a un derecho a la vivienda digna y a la calidad de vida en un entorno adecuado. Este cambio de modelo urbanístico y residencial (sobre todo en la actividad) deberá llevar a un cambio en la forma de pensar de la construcción.La rehabilitación es una nueva oportunidad pues supondrá un enorme beneficio al sector, al empleo a las ciudades y una reducción de gases de efecto invernadero.

También se producirán cambios en el ámbito financiero de la vivienda en cuanto a la inversión publica. La nueva situación lleva aparejada unas nuevas formulas que con imaginación y futuro se deben contemplar, incluso atrayendo capital privado a la rehabilitación.

En cuanto a los fenómenos sociales de las plataformas de hipotecados que han presentado una iniciativa legislativa popular solicitando la moratoria hipotecaria y medidas a favor de los afectados por la crisis, denuncian al escaso numero de ciudadanos  que pueden hacer uso del nuevo Código de  Buenas Prácticas Bancarias recientemente regulado.

Recuperar los sistemas técnicos tradicionales para la revalorización del patrimonio y volver a revivir la ciudad mediterranea son dos de sus claves.También se han de sacar al mercado el máximo de viviendas vacías y elaborar nuevas normas. Hay que vincular la edificación al ciudadano, declaran los expertos en este informe, y realizar una "reconversión del sector de la construcción".

Así mismo se ha detectado en la población la emergencia de una nueva pobreza denominada "energética" en la que muchos ciudadanos declaran no poder pagar la factura energética y no pueden hacer uso de energías (inverno o verano,calefacción o aire acondicionado, gas..)teniendo que asumir una vida sin confort. El aumento de las energías  los aleja cada vez más del ciudadano, exigiendo se una concienciación política de esta disfunción social y energética que deberá ser corregida en el futuro (leyes de ahorro energético y evitar aumento precio/costes)

La ultima reflexión del reportaje del Cambio Global : el reto es la vivienda, hace extensivo a todas las instituciones y al gobierno de la necesidad de un gran acuerdo social que abra el camino que permita un "pacto de estado" para los próximos 40 años, con visión a largo plazo, un cambio de rumbo del sector de la construcción . Sin lugar a dudas, éste es el gran reto de la vivienda del futuro.

Autora: Silvia Velasco Navarro. Experta en Mediación Residencial.
Más información:



jueves, 10 de mayo de 2012

Llega la Clínica Jurídica Inmobiliaria CLINHAB a la Universidad de Barcelona


Mayo 2012. Autora: Silvia Velasco Navarro. Experta en  Negociación Empresarial y Mediación Residencial.

Acaba de ponerse en marcha desde la Facultad de Derecho de la  Universidad de Barcelona una iniciativa universitaria que trata de dar respuesta a una de los mayores conflictos sociales y residenciales ( Boom Inmobiliario y Crisis hipotecaria) que han convulsionado la vida de miles de familias españolas.

La Clinica Juridica Inmobiliaria como se le ha denominado CLINHAB , a través de su portal www.clinicajuridicainmobiliaria.org , segun reza en la web, es un espacio de formación teórica y practica que presta un servicio a la comunidad (servicio publico), trabajando para encontrar la solución a problemas que afectan a personas en riesgo de exclusión social/residencial y en la defensa de intereses públicos.

Este tipo de clínicas jurídicas son muy típicas en el mundo  universitario anglosajón teniendo como finalidades: permitir a los estudiantes universitarios entrar en contacto directo con la realidad social de mano del  profesorado universitario, devolver a la sociedad parte de la inversión que se hace a la enseñanza publica superior, dar respuesta a un mayor numero de personas y colectivos vulnerables ( con menos posibilidades de apoyo legal) y trabajar en el espacio universitario con problemáticas que por norma u otras circunstancias  se quedan al margen.

El origen de la creación de esta iniciativa partió  en el curso 2009-2010 de varios profesores universitarios expertos en derecho civil y derecho de la persona que bajo la premisa de salir de la zona de seguridad. La propuesta fué reconocida como Proyecto de Innovación Docente(2009-PID-UB/39), con el titulo "Fundamentos para una cliíica legal en Derecho privado".

Fruto de esta inicial cooperación entre alumnado de grado y profesorado nació la Clínica Jurídica en Derecho Inmobiliario y Mediación Residencial.

ClinHab lleva a cabo sus actividades gracias a la iniciativa del profesorado implicado en el proyecto que pone  su conocimiento a disposición de los objetivos del proyecto, los alumnos, los voluntarios y como no gracias al apoyo de la asociación ProHabitatge, de Alter-Servicios Integrales de Mediación- y a la colaboración de la Agencia de la Vivienda de Cataluña ( Agencia de l,habitatge de Catalunya)
Dentro del apartado de Mediación Residencial, el que mas destacamos de esta iniciativa,  dsponen de un servicio de consultas sobre arrendamientos urbanos y créditos hipotecarios  ademas de un servicio de Mediación Residencial como herramienta muy eficiente en conflictos sobre vivienda (entre vecinos, entre inquilino y propietario, entre personas que comparten piso) y algunas de las técnicas de mediación mas útiles a la hora de negociar situaciones de falta de recursos para hacer frente a los pagos de las cuotas de la hipoteca  o del alquiler.

Desde nuestro despacho subrayamos la importancia de la implicación del mundo universitario a los problemas sociales, la garantía constitucional como Servicio Público, la innovación de aplicarlo a traves de redes sociales como facebook, twitter, linkedin y youtube en la cercania a la ciudadanía y la apuesta definitiva de los futuros graduados a la realidad social. Mi más sincera enhorabuena y esperamos que pronto cunda el ejemplo en otras capitales y universidades españolas y andaluzas.

Mas información:


http://www.clinicajuridicaimmobiliaria.org/contacte/


jueves, 3 de mayo de 2012

Moratoria invernal 2ª parte..


20 de Marzo de 2012. El Grupo parlamentario Entesa pel Progés de Catalunya,  presenta una Proposición de Ley de modificación de la Ley 1/2000 de 7 de Enero  de Enjuiciamiento Civil, para la moratoria invernal de los desahucios, para su debate en el pleno.

Este partido catalán plantea en su exposición de motivos es que una de las consecuencias más dramáticas de la crisis económica es el goteo incesante en las ejecuciones de las ordenes de expulsión y desahucio de hogares por impago, que dejan en el mas absoluto desamparo a centenares de familias en España. Las cifras  son alarmantes de procesos de ejecución hipotecaria  unido a procesos de desahucio por alquiler.

En esta coyuntura se menciona en dicha Proposición de Ley la legislación francesa  en un articulo dentro del Código de construcción y de la vivienda francés que establece una moratoria invernal para el sector de la vivienda entre el 1º de noviembre  al 15 de marzo. Dicha tregua, vigente desde el año 1956, conlleva que durante el periodo invernal esté prohibida toda ejecución de las ordenes de expulsión o desahucios por impagos (salvo si se ofrece una reubicación inmediata con garantías suficientes para las necesidades de toda la unidad familiar). En otros países se regulan  moratorias similares como en la región de  Bruselas.

Tomar como base estas iniciativas europeas trae a colación al caso español por la constante lucha sobre la dignidad humana y la exclusión social, además de plantear , según esta Propuesta de Ley ante el Senado, un mecanismo esencial de prevención en materia de salud publica, ambos elementos estructurales para la economía.
España carece de normas similares, a pesar de la vulnerabilidad social para el caso de impagos de alquiler o impago de hipotecas. De ahí la necesidad de incluir una modificación en la Ley de enjuiciamiento civil y suspender de manera temporal  en invierno la ejecución de  desahucios.

El resultado de las votaciones en el Senado  publicadas en medios el pasado dia 25 de abril  fué el rechazo de esta iniciativa ante el Senado , PP se opone al considerarla imprecisa, CIU se abstiene y el PSOE ha votado a favor.

Lo que se extrae de esta propuesta es que ahora más que nunca cuando la mediación y el dialogo constructivo es más necesario, se deben implementar y poner en marcha mecanismos o instrumentos que traten de paliar esta situación, tanto desde iniciativas legislativas populares como las presentadas recientemente en Cataluña  (ILP en favor de la dacción en pago) y otros organismos buscando la forma de consensuar una materia considerada de máxima urgencia.


Autora: Silvia Velasco Navarro.


Extracto de la proposicion de ley: Mas informacion

http://www.senado.es/legis10/publicaciones/pdf/senado/bocg/BOCG_D_10_36_368.PDF


viernes, 30 de marzo de 2012

Récord histórico de desahucios y embargos en 2011


30 de marzo de 2012.
Hoy se han publicado los datos del Consejo General del Poder Judicial sobre desahucios y embargos en nuestro país. Se ha constatado que crecieron un 22% hasta los 58.241 expedientes, la cifra más alta desde que se tiene registro. En los últimos cuatro ejercicios, se han tramitado 166.700 expedientes.

Aunque se señala que las ejecuciones hipotecarias han bajado algo (77.854) siguen estando lejos del año en 2010, con 93.636 procedimientos.
Estos datos reflejan las causas de los conflictos y su impacto en las familias españolas, bien sea por impagos de rentas de alquiler (desahucio) o bien por no hacer frente al préstamo hipotecario (embargo y posterior lanzamiento para recuperar el banco la vivienda).

Por Comunidades Autónomas: La región mas afectada el año pasado, con diferencia, fue la Comunidad Valenciana, con 13.711 desahucios, seguido de Andalucía con 9.864 y Madrid con 9.460 expedientes. La menos afectada fue La Rioja, con 244.

Mediación Social y Negociación: Lo cierto es que dadas las cifras presentadas se desconoce el numero de casos que si han podido refinanciarse o resolverse por otras vías (negociación bancaria o mediación residencial) ya que se están practicando en diversas comunidades autónomas como Cataluña o País Vasco la resolución extrajudicial de conflictos en materia de vivienda , también algunos colegios profesionales que firman acuerdos de mediación hipotecaria (Cantabria, granada, Jerez..) y entidades sin animo de lucro que a través de acuerdos puntuales con entidades publicas y servicios sociales ofrecen asesoramiento, orientación y mediación residencial y social , como es el caso de Caritas Diocesana y Prohabitatge en Cataluña.

Código de Buenas practicas: Al amparo del nuevo Código de Buenas practicas si se están sumando un gran numero de entidades bancarias con el objeto de poder acogerse ,refinanciando y renegociando con sus clientes las condiciones de sus prestamos, a través de una quita en la deuda o con la dacción en pago, evitando el desahucio final y el riesgo de exclusión social en el que se encuentran inmersas multitud de familias. Aunque el carácter voluntario de la misma deja en manos de las propias entidades esta posibilidad de acceder a este código, algunas entidades sociales y plataformas ya han puesto el grito en el cielo sobre la restricción en las condiciones del mismo y su efectividad sobre los afectados.

Ayer, el Congreso convalidó el decreto, con los votos en contra de PSOE y UPyD, por considerar que quedan fuera del mismo una gran parte de la población (96%)

Autora: Silvia Velasco Navarro. 
Experta en mediación de conflictos financieros e inmobiliarios.

Mas información:


viernes, 8 de julio de 2011

Propuestas alternativas a los desahucios de los ciudadanos.















Silvia Velasco Navarro.
Experta en conflictos inmobiliarios.

Los últimos datos del INE correspondientes al numero total de desahucios del año 2010 no dan tregua a los afectados por conflictos de alquiler, un total de 29.579 demandas de desahucio en todo el territorio nacional. No nos alivia pensar que la barrera psicológica de los 30.000 que se superaron el año anterior pone en evidencia un sistema judicial cargado de controversias entre propietarios e inquilinos que reflejan la gravedad del sistema social.

Si bien es cierto que el estudio criminológico que finalizamos el año pasado hacia referencia a la situación de morosidad recurrente en los inquilinos, nuestro parecer sobre el asunto es que son muchas las lagunas jurídica y sociales de comportamiento que obligan a unos a convertirse en infractores (unos profesionales con perfiles específicos) y otros obligados por las circunstancias de un mercado poco flexible y favorecedor cuya ultima opción es la supervivencia familiar extrema.
Conocedores de esta problematica nuestra visión ha ido encaminada por una parte a compartir con ambas partes la problematica , buscando soluciones habitacionales para los infractores (ocupas, inquilinos morosos, desempleados..) a través de ayudas a ONG,s y los servicios sociales de los ayuntamientos, realizando tareas cercanas a la intervención social y reeducación social de los afectados, mientras que por otro lado hemos procurado asesorar a los propietarios en la mejora de sus gestiones patrimoniales, informándoles de actuaciones ilegales (cortes de luz, cambios de cerraduras, coacciones, acoso inmobiliario) con el animo que ambas proyecciones redundarán en píldoras productivas de cara a futuro.

El mercado inmobiliario esta plagado de conflictos en dos direcciones, unos y otros se necesitan para dinamizar el sector y la pugna de derechos en lugar de la búsqueda de intereses mutuos obliga a todos a analizar como afrontar el mercado de alquiler para que este sea seguro y conciliador incluso cuando se suceden los problemas (impagos, retrasos, incumplimientos) y para ello la negociación asistida a las partes y la mediación con los implicados, la paralización de demandas de desahucio para la recuperación de la propiedad y retirada de pleitos que favorezcan a las familias afectadas una marcha atrás en la insolvencia futura de estos, les devuelve no solo a la normalidad sino también a la dignidad social que requiere un sociedad adulta que puede enfrentar soluciones sin llegar a instancias judiciales y donde ellos mismos resuelven sus controversias, mejorándoles su calidad de vida.

Solidaridad y justicia son posibles gracias al acercamiento de la MEDIACIÓN y nuestros asistidos pueden dar de los resultados obtenidos en la practica real de los casos.

Propuestas:

1) Inclusión obligatoria de la mediación gratutita en conflictos inmobiliarios en servicios sociales comunitarios

2) Creacion de un observatorio de la vivienda y del alquiler a nivel nacional que ofrezca alternativas a los ciudadanos centrados en sus posibilidades economicas (evitar el sobreendeudamiento familiar)

3)Reeducación financiera de la ciudadania con programas de formación y guias sobre la vivienda y el credito/prestamos en la compra y las ayudas al alquiler.

4)Puesta en marcha de politicas de viviendas sociales para los nuevos nucleos familiares actuales.

5) Mayor oferta por parte de los bancos que ofrezcan un stock minimo de viviendas embargadas con ayudas sociales a los mas desfavorecidos y negociacion en caso de impagos hipotecarios con la posibilidad de alquiler con opcion a compra de los mismos.

6) Incorporacion de una mejor fiscalidad inmobiliaria (alquiler y compra) que favorezca el acceso al mercado inmobiliario de toda la población

7) Fomento del arbitraje y la mediacion en contratos de alquiler y alquiler con opcion a compra y posibilidad de incluir la mediacion antes del embargo y desahucio

8) Mejor cooperación entre administraciones para no retrasar ayudas y subvenciones a los solicitantes de vivienda (alquiler o compra)




lunes, 16 de mayo de 2011

La practica de la mediacion en conflictos hipotecarios ya es un hecho en algunas localidades españolas.


Articulo de Opinión. Autora.
Silvia Velasco Navarro. Experta en mediación de conflictos inmobiliarios





Algunos ayuntamientos como el de Getafe y comunidades autónomas como la Junta de Andalucía promueven sendos proyectos similares para favorecer que con la entrega de la vivienda se den por finalizadas las obligaciones de los hipotecados. En el caso de Getafe impulsan la mediación desde 2011 y ha tomado la decisión de adherirse a la resolución de la Comisión Ejecutiva de la Federación Española de Municipios y Provincias, FEMP, de 22 de febrero del 2011, por la que se propone al Gobierno y a los Grupos Parlamentarios, el análisis de las modificaciones normativas oportunas, para que los procesos legales de ejecuciones hipotecarias iniciados por las entidades bancarias, puedan finalizar con la entrega del inmueble, considerando saldada la deuda en su integridad.
Estudios recientes sobre la situación actual de la vivienda en España denotan la falta de previsión por parte de algunos sectores (Banca y Promotores) de la decadencia de un sistema financiero, frágil e inestable en la que se asentaban la construcción. No podemos dejar atrás la falta de regulación bancaria, el desconocimiento por parte de los usuarios y ciudadanos de productos bancarios como los Swaps, cláusulas suelo, refinanciaciones, moratoria hipotecaria…

Ante tal avalancha de desdichas, pocos profesionales han sido capaces de arbitrar de manera privada y con rigor la practica de sistemas alternativos de resolución de conflictos que tuviese en cuenta estos factores, y que además viese esta “contienda” desde un perfil humano, solidario pero al mismo tiempo desde la responsabilidad de todos los afectados, porque incluso la banca esta afectada y con muy mala prensa por cierto debido a los abusos cometidos.
Los principios rectores de la mediación están basados en la necesidad de equilibrar estas posiciones a veces tan distante entre banca y usuario. Realmente se podría encuadrar esta disciplina como Negociación asistida ya que entraría dentro de la mediación civil y mercantil, cuyo Proyecto de Ley esta a punto de ser aprobada por el Gobierno. Se plantea pues quien podrá ser objeto de intervención en esta materia y realmente hay multitud de profesionales que podrían apoyar la mediación en procesos civiles y mercantiles a través de formación especifica en mediación y negociación, posiblemente en pocos meses, diversos colectivos se sumarán al carro cuando salga la Ley.
Existen otras controversias derivadas de la situación actual inmobiliaria que no debemos pasar por alto, entrega de llaves aplazadas, empresas constructoras en concurso con conflictos en los compradores de vivienda, desalojos por impagos de alquiler, embargos hipotecarios.. y un sin fín de situaciones típicas que nos ha dejado la crisis inmobiliaria y que visto desde la perspectiva del derecho no puede dar respuesta ni rápida ni justa a los afectados.
La figura del mediador de conflictos esta siendo impulsada , antes casi inexistente y por esta razón, en la búsqueda de los mismos como expertos en resolver controversias inmobiliarias ahora encaja en un nuevo espacio de mediación, que no de intermediación, esto no da a confusión entre ambos términos, ya que el primero es un facilitador o guía que favorece la aparición de soluciones mas idóneas para los implicados, mientras que el segundo sugiere una labor mercantil con representación de una de las partes.
Finalmente deseo subrayar la necesidad de incorporar a nuestras leyes, del mismo modo que lo han hecho por ejemplo en EEUU la figura del mediador en situaciones de dificultad hipotecaria, pues este “Consejero de vivienda” podría evitar situaciones de desigualdad y la exclusión social que se esta produciendo. Intentaremos hacer llegar esta iniciativa a donde corresponda en los próximos meses mientras discute la Subcomisión Parlamentaria en el parlamento sobre soluciones para los embargados…